Archive for the ‘Sentencias’ Category

Protección de Datos tumba una de las tesis de la Guardia Civil contra Isadora

Miércoles, mayo 7th, 2008

Agentes del instituto armado adujeron para citar a pacientes que la clínica de abortos tiró historiales a la basura – Animaron a las mujeres a denunciar al centro
 
No había en la basura o en la calle o a la vista de cualquiera ni un listado de mujeres con sus datos personales ni restos de fetos identificados. Una de las acusaciones de la Guardia Civil contra la clínica de abortos Isadora, en Madrid, se esfumó ayer. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha archivado la investigación sobre este caso asegurando que la información personal de estas mujeres se encontraba en bidones cerrados y opacos que iban a ser incinerados, y no en contenedores de la vía pública. A pesar de ello, agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) llamaron por teléfono a estas mujeres, las interrogaron e incluso les preguntaron si querían emprender acciones legales contra la clínica “por la gestión de la documentación”.
 
Algunas de estas mujeres dijeron que sí y denunciaron a Isadora basándose en el relato de los hechos que hicieron los agentes del Seprona. En una de las actas de los agentes constan las razones de una de estas denuncias: el destino de los restos humanos, “que aparecieron en un cubo de basura con los datos de identificación de la denunciante”, según se indica. Nada de esto era cierto, según ha determinado ahora una resolución dictada el pasado lunes por la Agencia de Protección de Datos. La Guardia Civil declinó ayer hacer declaraciones sobre el caso, señalando que está bajo investigación judicial.
 
Muchas de estas mujeres ni siquiera habían abortado. Sus datos aparecían en la hoja de consulta de un doctor de un día determinado, que iba a ser incinerada. En la clínica también se hacen revisiones ginecológicas ordinarias. Una de las chicas interrogadas por los agentes, de 20 años, se enteró ayer por este diario de que las acusaciones contra la clínica por mala gestión de la documentación eran falsas. “Yo no denuncié, pero pensé que mis datos sí que habían aparecido en la calle. No sabía muy bien qué había pasado”.
 
 Ella no había abortado, sino que suele ir a la consulta de este doctor, pero tuvo que dar explicaciones a sus padres tras la llamada de la Guardia Civil porque a ellos les pareció muy raro que la llamaran a declarar. “Tuve que explicarles que no había ido a abortar”, señala.
El caso empezó el 16 de febrero de 2007.
 
Los agentes del Seprona se personaron en la clínica Isadora. Allí encontraron varios contenedores que iban a ser recogidos por la empresa de gestión de residuos. Los inmovilizaron y acudieron al juez de guardia de Madrid pidiendo permiso para abrir los contenedores.
 
El juez no lo concedió, archivó el caso y conminó a los agentes a que se abstuvieran de “elucubrar sobre abortos ilegales”. Los agentes acudieron después a la Comunidad de Madrid, hablando de mala gestión de residuos. Con un técnico sanitario se llevaron los contenedores a un tanatorio de Alcobendas y los abrieron. Llamaron a una juez de Alcobendas, quien les remitió de nuevo a los juzgados de Madrid. Allí, otro juez, que no conocía lo que había sucedido hasta ese momento, abrió diligencias por posible existencia de abortos ilegales.
 
En los contenedores se encontraron restos de fetos. Los agentes del Seprona dijeron al juez que parecían “de suficiente entidad” y pidieron que se abriera una investigación judicial. Finalmente, el Instituto Anatómico Forense determinó que los fetos no tenían más de 22 semanas, plazo máximo para el que Isadora tiene licencia para practicar abortos. El juez sigue investigando. El procedimiento lleva más de un año abierto.
 
MÓNICA C. BELAZA – Madrid – 07/05/2008
 

Multada una doctora de Barcelona por agredir a su enfermera ecuatoriana y llamarla “sudaca de mierda”

Lunes, noviembre 5th, 2007

 

Una enfermera ecuatoriana, Fanny Dávila, será indemnizada con 450 euros por la agresión sufrida a manos de una doctora que trabajaba con ella en una fábrica de Castellbisbal (Vallès Occidental) el pasado agosto. La afectada ha comparado el episodio con el de la adolescente que fue golpeada en el tren por el carácter xenófobo de ambos sucesos.

Los hechos se produjeron el pasado 14 de agosto, cuando la doctora Mercedes H. S. insultó y agredió a Dávila. “Me llamó inepta y sudaca de mierda; se abalanzó hacia mí y me dio contra la pared”, ha comentado la enfermera. El golpe le produjo un hematoma en el pómulo que aún se puede apreciar.

La agresión continuó con un fuerte tirón de pelo mientras la enfermera intentaba escapar. Cuando logró soltarse, se golpeó con la camilla y se abrió el labio.

Odio a árabes y negros

Fanny Dávila achaca lo ocurrido al roce que habían tenido la semana anterior tras recibir en la consulta a un hombre negro: “Ella me dijo que odiaba a los árabes y a los negros, y añadió: ‘Llámame xenófoba si quieres”.

La agredida era consciente de que la médica no estaba contenta en su trabajo. “Estaba resentida porque había tenido un juicio anterior contra el jefe de un Centro de Atención Primaria (CAP), que no le permitía trabajar en ningún centro del Institut Català de la Salut”, ha comentado.

El juzgado número 9 de Barcelona ha impuesto a la agresora una sanción de 1.200 euros por una falta de lesiones. Según Fanny Dávila, esta cantidad resulta insuficiente y debería completarse con una sanción del Col·legi de Metges.

EUROPA PRESS    BARCELONA 

 http://www.elperiodico.com/

Jueza dice que un médico que ayudo a morir a un enfermo no cometió delito

Martes, octubre 23rd, 2007

 

El médico Mario Riccio, que desconectó el respirador que mantenía vivo a un enfermo tras expresa voluntad de éste, no cometió delito pues rechazar una terapia sanitaria no deseada es un ‘derecho reconocido en la Constitución’ italiana, asegura una jueza en un auto recogido hoy en la prensa del país.

Las motivaciones de la jueza de la audiencia preliminar del Tibunal de Roma Zaira Secchi se refieren al caso de Piergiorgio Welby, un enfermo con distrofia muscular progresiva que abrió un debate en el país sobre la eutanasia el año pasado al exigir la suspensión de su terapia.

El texto expone que la actuación del anestesista Riccio ‘no fue homicidio porque Welby estaba lúcido, consciente, informado y sus voluntades eran legítimas’.

El médico ‘actuó ateniéndose al derecho de la víctima a privarse de un tratamiento no deseado, un derecho reconocido por la Constitución respecto al cual el médico asumió el deber jurídico de consentir’ ese ejercicio a Welby.

Según las motivaciones de la jueza, hablar en este caso de eutanasia es ‘tergiversador’.

Welby murió en diciembre del año pasado, cuando Riccio, tras sedarle, desconectó el respirador, lo cual, según explicó en varias ocasiones, no suponía un caso de eutanasia, sino de un paciente que rechaza una terapia.

El caso suscitó un amplio debate público y, de hecho, el Vicariato de Roma decidió ‘suspender’ el funeral religioso de Welby y, en su lugar, se celebró un funeral laico, ya que la Iglesia Católica se opuso a la desconexión del respirador.

La publicación del auto coincidió con la difusión de un informe en un congreso de la sociedad italiana de anestesistas, que refleja que ‘cada año en los departamentos de reanimación italianos casi 18.000 decesos suceden porque los médicos suspenden las terapias inútiles’, según el diario ‘Corriere della Sera’.

Esa ayuda, que técnicamente llaman ‘desistimiento terapéutico’, se lleva a cabo en pacientes para los que ‘ya no existe alguna posibilidad de cura’ y un final para ‘terapias inútiles, que no tienen nada que ver con la eutanasia’, explicó el rotativo ‘La Repubblica’.

El estudio, realizado sobre 84 centros de reanimación y terapia intensiva italianos, muestra que ‘más de la mitad de las muertes ocurren tras la interrupción de las curas’.

Así mismo, resalta que en el 48% de los casos, las familias ‘dan su consentimiento’ mientras que para el resto ‘si no están presente los parientes, el médico se hace totalmente cargo de la decisión’.

Terra Actualidad – EFE

Un médico es condenado por falsificar recetas y regalarlas a varias ONG

Sábado, septiembre 1st, 2007

Un Un médico de Sevilla ha aceptado una condena de un año y diez meses de cárcel por falsificar 1.497 recetas de medicamentos, por importe de 56.887 euros, que luego regaló en su integridad a varias ONG de la India y la República Saharaui.

Fuentes judiciales explicaron que el juicio contra el acusado, identificado como S. K. H., iba a celebrarse el próximo lunes en la Audiencia de Sevilla, pero se suspenderá porque su dnsa y la Fiscalía han alcanzado un acuerdo sobre la condena, que el fiscal rebajó desde los dos años y tres meses de cárcel que había pedido.

El acusado, que prestaba servicio en el área hospitalaria del Virgen del Rocío, sustrajo a sus compañeros recetas oficiales del Servicio Andaluz de Salud (SAS), algunas ya selladas y firmadas en blanco para casos de urgencia, y las rellenó con complejos vitamínicos y con medicamentos contra la psoriasis o la dermatitis.

El escrito de acusación del Ministerio Público deja claro que el imputado actuó “sin ánimo de lucrarse y con el propósito de enviar medicamentos a súbditos saharauis y a la India”.

Desde julio de 2004 a marzo de 2005, el facultativo falsificó 1.497 recetas, causando un perjuicio al SAS de 56.887 euros, según los hechos reconocidos por el acusado.

El acuerdo alcanzado entre ambas partes ha sido posible porque el procesado ha depositado en la cuenta bancaria de la Audiencia de Sevilla 56.887 euros, que ahora serán devueltos al SAS.

La condena por un delito de falsedad en documento oficial incluye otro año y diez meses de inhabilitación para ejercer la medicina en el ámbito de la sanidad pública y una multa de 1.800 euros.
Diario de Sevilla

Condena al SAS por «falta de medios» en Salud Mental, donde una enferma se prendió fuego

Jueves, agosto 30th, 2007

 

El Tribunal Supremo exime a la enfermera de toda responsabilidad porque no daba abasto para atender «sola a cincuenta internos» Los padres recibirán 120.000 euros de indemnización por el accidente
R. MENDOZA/GRANADA
  
El Servicio Andaluz de Salud ha llegado hasta el Tribunal Supremo para eludir su responsabilidad en el accidente sufrido por una enferma granadina en el servicio de Salud Mental en el hospital, donde se prendió fuego con un mechero durante una crisis. Pero todos los argumentos del SAS han sido rechazados finalmente por la Justicia. Tras más de ocho años de pleitos, los padres de la enferma recibirán finalmente casi 120.000 euros en concepto de indemnización por las secuelas que sufre a causa del citado episodio de autolesión. Ya es firme.

La reciente sentencia del Alto Tribunal español confirma los motivos expuestos por la Audiencia Provincial de Granada para estimar la responsabilidad directa de la entidad que gestiona el hospital Virgen de las Nieves. Y en este punto los motivos judiciales esgrimidos sorprenden: no atribuyen los magistrados la negligencia a la enfermera, auxiliares y médicos que se encontraban al cargo de la enferma durante el siniestro, sino al SAS como gestor del hospital. ¿La razón? La «falta evidente de medios humanos en la prestación del servicio sanitario hace surgir la responsabilidad directa de la empresa propietaria del establecimiento», indicó el primer juez que vio el caso y recoge el Supremo en su resolución definitiva del caso.

En un segundo

Afirmación que queda apoyada con una descripción de la situación a la que se enfrentaron los trabajadores del centro en la noche donde tuvo lugar el percance. Un segundo antes de que la enferma se prendiese fuego, «la enfermera fue requerida de modo apremiante a atender a otro enfermo, ya que ella sola debía atender a cincuenta internados en aquella unidad», versa el fallo. Por lo que no pudo evitarlo ni cumplir con su función: velar por la paciente.

Estos hechos tuvieron lugar una noche de 1995 en el servicio de Salud Mental del Virgen de las Nieves. La paciente sufrió una crisis durante la noche y, como los tranquilizantes no le hacían efecto, fue atada con vendas a una cama.

Antes de que la enfermera pudiera comunicar al médico de guardia de la decisión que había tomado con respecto a la enferma y mientras atendía a otros al ser requerida, otro interno acercó a la joven un mechero con el que se prendió fuego. La sentencia estima que esto constituye una «negligencia» del SAS porque se «evidencia que los medios eran insuficientes», así como la ausencia de «las precauciones» que deberían haberse tomado en este caso.

Sobre los trabajadores, una enfermera, dos auxiliares y un médico, que también fueron demandados como responsables por los progenitores de la herida, la Justicia ha concluido que cumplieron con las normas establecidas en el hospital. De ahí que los absuelva definitivamente y achaque toda la responsabilidad al SAS al encontrar en la falta de medios los motivos del siniestro.

El representante legal del organismo andaluz expuso ante el Alto Tribunal hasta cuatro argumentos para demostrar su inocencia en este caso. Todos ellos fueron rechazados. El más llamativo se refiere a su defensa de que el hecho era un «caso fortuito e imprevisible».

Algo que no cabe en el razonamiento del Supremo, cuyos magistrados apuntan a que la enferma «ya había sido inmovilizada en otras ocasiones, luego ya había presentado signos de agitación». Por lo que ya existía «la necesidad conocida de un control sobre ella para evitar la autolesión». Ella mismo pidió que la sujetasen y la «falta de vigilancia y atención sobre los pacientes» provocó que nadie pudiese evitar que otro paciente le facilitase el mechero.

rociomendoza@ideal.es

www.ideal.es

Absuelta médica por casos de eutanasia

Lunes, agosto 6th, 2007

Culpada de asistir muertes tras Katrina

AFP
NUEVA ORLEANS – La justicia de Nueva Orleans absolvió este martes a una médica acusada de dar muerte a cuatro pacientes a su pedido en el caos que siguió al huracán Katrina, informaron fuentes judiciales.

Libre de cargos

Un jurado de acusación no logró condenar a la doctora Anna Maria Pou, acusada de administrar dosis letales de calmantes a por lo menos cuatro pacientes mayores. Los acusadores ya habían fracasado al intentar condenar a dos enfermeras culpadas de las muertes.

El fiscal general del Estado de Luisiana, Charles Foti, dijo en un comunicado que su personal “había hecho lo requerido por la ley federal y estatal”, y dijo sentirse “muy orgulloso de nuestros esfuerzos en nombre de las víctimas y sus familiares”.

Los rumores de eutanasia en hospitales desbordados -donde el personal luchaba durante días para mantener en vida a los pacientes mientras las temperaturas se disparaban y los generadores que daban energía a los ventiladores y cualquier otro equipo se rompían- acentuaron las tensiones, sumadas a la respuesta fallida del gobierno al desastre.

Agresiones a médicos en centros públicos se saldan aún con multas

Lunes, agosto 6th, 2007

Al contrario de lo que ocurre con otras profesiones, como los docentes, no se consigue que la Justicia tome como criterio considerarlas atentado
J. E. P./JAÉN

SEGURIDAD. Más vigilancia privada es una de las reivindicaciones de los sindicatos. /IDEAL 
 

Ninguna de las dos últimas condenas por agresiones a médicos conocidas en al provincia de Jaén castiga la violencia contra un trabajador del Estado en un recinto público como delito de atentado. Es más: la Justicia ni siquiera considera que haya delito en estos casos, sino simples faltas. Así que una multa y una orden de alejamiento zanjan el asunto por la vía judicial. Por más que organismos como el Colegio de Médicos y sindicatos como CSIF lleven años reclamando que estos casos sean considerados atentado y se castiguen con mayor dureza.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Alcalá considera a María C. C. autora de una falta de malos tratos de obra, otra de amenazas y otra de vejaciones injustas. Multa al canto por cada una de las faltas. El pasado mes de marzo la acusada acompañó a su marido al servicio de Urgencias del Centro de Salud de Alcalá. Mientras esperaba su turno comenzó a decirle a la doctora: «Que te des más prisa en atender a los pacientes más urgentes, que no tienes ni idea de Medicina, vete a la calle». Ante las amenazas, vejaciones y zarandeos propiciados a la doctora, ésta decidió visitar al marido de la acusada, que presentaba un catarro e infección en las vías respiratorias. Además de las multas por las faltas, a petición de los letrados del Colegio de Médicos se le impuso a María la prohibición de acercarse a la doctora a la que agredió a menos de 150 metros durante un plazo de seis meses.

En noviembre pasado, otra facultativa fue insultada y amenazada por una mujer mientras atendía a otros pacientes. Ocurrió en dos ocasiones. La doctora sufrió una crisis emocional, de la que no se recuperó hasta pasado un mes. Le ha quedado como secuela un «trastorno depresivo reactivo». La mujer que le provocó este problema ha sido considerada responsable de una falta de injurias y amenazas leves. La condenan a multas y a pagarle a la profesional una indemnización de 1.500 euros por los daños psíquicos causados, según los servicios jurídicos del Colegio de Abogados, que han hecho públicas ambas sentencias.

Los tribunales jienenses fueron pioneros en condenas por atentado en casos de agresiones a facultativos. En concreto, una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de 2005 fue celebrada por organizaciones médicas de toda España. Sin embargo, no es la línea habitual de los tribunales, que exigen una agresión de gran calibre para hablar de atentado.

Para otras profesiones donde la violencia es también un problema, como ocurre con los docentes, sí se ha conseguido el compromiso con agentes de la vida judicial como los fiscales para que se presenten cargos por delito de atentado en los casos en los que se ejerza la violencia contra un trabajador del Estado en el desempeño de sus funciones

¿Menos casos?

El tema de las agresiones a médicos tomó un cariz tal que la Junta puso en marcha un protocolo de actuación para prevenirlos, evitarlos y combatirlos con más dureza. A juzgar por los datos que facilita la administración andaluza, está dando resultados: en los ocho primeros meses de vida del protocolo la Junta tuvo constancia de 42 profesionales sanitarios agredidos en centros públicos. A día de hoy, el registro creado para estos casos en la provincia de Jaén sólo incluye cinco casos en los siete primeros meses del año.

Rechazada la demanda de Novartis contra la ley india de patentes

Lunes, agosto 6th, 2007

Un tribunal indio ha desestimado la demanda de la compañía Novartis contra la ley de patentes por su fármaco contra la leucemia. El laboratorio asegura que la desición judicial tendrá “consecuencias negativas sobre la investigación clínica

Un tribunal de la ciudad de Chennai, en el Estado de Madras, sur de India, ha rechazado la demanda presentada por la compañía farmacéutica suiza Novartis en la que cuestionaba la validez constitucional de la sección 3d de la ley india de patentes de 2005, en base a la que las autoridades del país denegaron a la compañía patentar una nueva presentación de su fármaco contra la leucemia ‘Glivec’, según ha informado la agencia de noticias india TPI.

Anunciada la decisión, la jueza del Tribunal Supremo del Estado de Madrás Prabha Sridevan ha explicado que esta corte “no puede decidir si la norma está de acuerdo con los aspectos relacionados con el comercio de los acuerdos sobre derechos de propiedad intelectual o no”.

Novartis, por su parte, ha asegurado en un comunicado que la decisión de “desestimar” su demanda contra la ley india de patentes tomada por el tribunal de la ciudad de Chennai, en el sur de la India, que debía decidir sobre el caso, tendrá “consecuencias negativas a largo plazo para la investigación y el desarrollo de mejores medicamentos” para los pacientes tanto de este país como del resto del mundo.

Según el director de Novartis India, Ranjit Shahani, la compañía “está en desacuerdo con este fallo, pero probablemente no apelaremos la decisión ante el Supremo”. “Estamos esperando los detalles del fallo para entender mejor la postura del tribunal”, indicó Shahani, quien consideró que las iniciativas de su empresa “han hecho avanzar esté esencial debate en India”.

Quejas pasadas
La compañía farmacéutica llevó ante los tribunales la normativa india sobre patentes por considerar que va en contra de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Derechos de Propiedad Intelectual y Comercio. Concretamente, se quejó de la cláusula 3-D de la ley, que afirma que sólo las ‘innovaciones auténticas’ pueden ser objeto de patente. Amparándose en esta cláusula, las autoridades indias rechazaron en 2006 conceder la patente al ‘Glivec’, un medicamento de la farmacéutica suiza contra la leucemia.

La compañía farmacéutica llevó ante los tribunales la normativa india sobre patentes por considerar que va en contra de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Derechos de Propiedad Intelectual y Comercio. Concretamente, se quejó de la cláusula 3-D de la ley, que afirma que sólo las ‘innovaciones auténticas’ pueden ser objeto de patente. Amparándose en esta cláusula, las autoridades indias rechazaron en 2006 conceder la patente al ‘Glivec’, un medicamento de la farmacéutica suiza contra la leucemia.El proceso judicial de Novartis contra el Gobierno de India para salvaguardar la patente de ‘Glivec’ comenzó el pasado 15 de febrero tras posponerse la primera vista, que se fijó para el pasado 29 de enero.

http://www.correofarmaceutico.com/